Régimen de Grupos Parcelarios Rurales - Resolución Normativa N° 54/2017
Síntesis: La Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Córdoba establece que a los efectos del encuadramiento en el Régimen de Grupos Parcelarios Rurales, previsto en la Ley Impositiva Anual y en el Titulo I del Libro IV del Decreto N° 1.205/2015, los contribuyentes deberán realizar la inscripción a través de la página web de la Dirección General de Rentas, ingresando con su clave fiscal. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Decreto N° 1.205/2015.
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Régimen de Grupos Parcelarios Rurales - Resolución Normativa N° 54/2017
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