Síntesis: Se unifica el tratamiento a dispensar al desistimiento al sistema de Débito Automático, ya sea que el mismo sea realizado por adhesión a Tarjetas de Crédito o por Retención de Haberes, de manera que no se pierda el beneficio otorgado al Ciudadano sobre las cuotas ya pagadas. Además, en virtud de haberse deslizado un error en los montos consignados para el periodo fiscal 2016 en el Anexo XIX – Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Bases Imponibles Proporcionales Mensuales (Art. 379° de la Resolución Normativa N° 1/2015) publicada mediante Resolución Normativa N° 4/2015, se procede a su corrección. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Código Tributario Provincial, Resolución Normativa N° 1/2015 y sus modificatorias.