Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Resolución Nº 97/2021
Síntesis:
Se establece que la Dirección General de Rentas, en la confección de los padrones de sujetos pasibles del “Régimen Especial de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos –SIRCREB”, deberá excluir, automáticamente, del referido padrón, a los contribuyentes locales que posean saldos a su favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la medida que dichos saldos sean superiores al monto del impuesto determinado para el anticipo considerado.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Decreto Nº 1.205/2015, Resolución General Nº 104/2004.
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