Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Resolución Nº 2.178/2020
Síntesis:
La Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Córdoba dispone que, se considerará, excepcionalmente, presentado y abonado en término el anticipo del mes de Marzo de 2020 efectuado por los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que hayan registrado en el año 2019 ingresos totales atribuibles a todas las actividades desarrolladas, incluidos los que corresponderían a las exentas y/o no gravadas, menor o igual a pesos dos millones quinientos mil, siempre que lo realicen hasta las fechas detalladas en la presente Resolución.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Resolución Nº 409/2019.
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