IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
EXCEPCIÓN DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS MENSUALES
RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 28/2010
-Dirección General de Rentas-
Se exceptúa de la obligación de presentar mensualmente la Declaración Jurada del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a determinados contribuyentes, quienes la Dirección General de Rentas les haya otorgado la exención dispuesta en el inciso 3) del Artículo 178 del Código Tributario, siempre y cuando se encuentren exentos por la totalidad de sus ingresos, siendo suficiente informar los mismos en forma anual.