Impuesto Inmobiliario Urbano - Resolución General N° 2.152/2018
Síntesis: La Dirección General de Rentas otorga excepcionalmente un plazo adicional para que los contribuyentes puedan cancelar la segunda cuota del Impuesto Inmobiliario Básico Propiedades Urbanas. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Resolución N° 457/2017.
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