11/12/2008

FONDO DE DESARROLLO AGROPECUARIO PRORROGAN VENCIMIENTOS RESOLUCIÓN Nº 309/2008 -Ministerio de Finanzas-

Se prorrogan las fechas establecidas por el Artículo 1° de la Resolución N° 240/08 para el ingreso del monto correspondiente al aporte establecido en el apartado 2. Inciso a) del Artículo 6º de la Ley N° 9.456, con las modificaciones incorporadas por la Ley N° 9.505, según se indica a continuación: a. Primera Cuota: hasta el 10 de Diciembre de 2008. b. Segunda Cuota: hasta el 10 de Febrero de 2009. El incumplimiento de pago del aporte previsto en el artículo precedente, en las fechas dispuestas en el mismo, hará renacer los recargos y/o accesorios previstos en la Resolución N° 240/08, desde el momento en que operó el vencimiento original de cada una de las obligaciones prorrogadas.

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  • 613-Ro-BOP-Res309-MinisterioFinanzas-11-12-08.pdf Descargar