12/10/2018

Créditos Tributarios - Resolución Normativa N° 28/2018

Síntesis
El Código Tributario Provincial prevé que los créditos tributarios a favor de los contribuyentes y/o responsables podrán transferirse a terceros, para que estos últimos lo apliquen a la cancelación de sus propias deudas tributarias. Ahora a través de la presente Resolución Normativa se procede a la reglamentación del procedimiento que deberán observar los cedentes para su autorización y posterior transferencia, como los cesionarios para su utilización y cancelación de sus propias obligaciones tributarias.
 
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
 
Normas Relacionadas:
Código Tributario Provincial – Ley N° 6006, Resolución Normativa N° 1/2017.
 

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