CONVENIO MULTILATERAL
PROCEDIMIENTOS DE LOS AGENTES DE RECAUDACIÓN
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 5/2010
-Comisión Arbitral Convenio Multilateral del 18.08.77-
Se establece que la nueva fecha a partir de la cual se pondrá a disposición de los agentes de recaudación el Padrón de Contribuyentes alcanzados por el régimen SIRCREB, será el penúltimo día hábil del mes anterior al de la vigencia. El mencionado Padrón contendrá el CUIT, nombre o razón social, jurisdicción, período, código de redundancia y una letra que identificará la alícuota de retención aplicable a cada contribuyente.