CONVENIO MULTILATERAL
COEFICIENTE ANUAL DE ATRIBUCIÓN DE INGRESOS
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 6/2006
-Comisión Arbitral Convenio Multilateral-
Se modifica el Artículo Nº 56 de la Resolución General Nº 1/2006, en relación con los ingresos y gastos que deben computarse a efectos de la obtención del coeficiente anual de atribución de ingresos previsto en el Artículo 2º del Convenio Multilateral. La presente Resolución tendrá vigencia y producirá efectos a partir del 1º de Enero de 2007.