CERTIFICADO DE EXCLUSIÓN
VIGENCIA
RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 41/2011
-Dirección General de Rentas-
La Dirección General de Rentas dispone incorporar como excepción, en la vigencia del Certificado de Exclusión, cuando el Contribuyente tenga trámites pendientes de resolución que modifiquen su situación tributaria y determinen la procedencia o no de la exclusión.