20/03/2003

TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN. ESTABLECEN NUEVOS PLAZOS PARA DICTAR SENTENCIAS. DTO N° 633 / 2.003.-

Como consecuencia del cúmulo de expedientes que se verifica en el Tribunal Fiscal de la Nación, derivados de la época en que no se encontraban cubiertas todas las Vocalías, el PEN, por Decreto 633/03, estableció nuevos plazos para que las distintas vocalías dicten sentencias sobre las causas acumuladas. Así, los expedientes adjudicados a las Vocalías y elevados a Sala sobre los cuales no se hubiera dictado sentencia a la entrada en vigencia del presente decreto, la misma deberá dictarse: a) de existir pacífica y reiterada jurisprudencia, dentro de los tres meses; b) en los demás casos, se otorgan seis meses y c) cuando en la causa se hubieran puesto los autos a sentencia con anterioridad a la fecha citada, se regirá por los plazos estipulados en la Ley de Procedimiento.

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  • 314-Az-BO-Dec633-TribunalFiscal-20-03-03.pdf Descargar