24/09/2004

SUJETOS INSCRIPTOS EN EL REGISTRO DE OPERADORES DE PRODUCTOS CON DESTINO EXENTO QUE SE REORGANIZAN. TRASLADO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES FISCALES. RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.743/2004. -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Por medio de la Resolución General Nº 1.743/2004 la Administración Federal de Ingresos Públicos dispone los requisitos y demás condiciones que deberán observar las empresas reorganizadas conforme lo previsto en el Artículo Nº 77 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, a efectos de contar con la inscripción que los habilita para intervenir en la cadena de comercialización, así como para la posterior comprobación de los destinos exentos de los productos. A tal efecto se debe presentar una nota solicitando mantener la inscripción y el beneficio fiscal de su antecesora. La nota deberá contener la información relativa a la reorganización. De resultar procedente la presentación mencionada, la AFIP inscribirá a la empresa continuadora en el registro, efectuándose la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Descargar documentos