12/02/2003

RESOLUCIÓN AFIP 1.441/03: RÉGIMEN DE RETENCIÓN DE IVA EN GRANOS ? PRORROGAN ENTRADA EN VIGENCIA DEL NUEVO RÉGIMEN FIJADO POR LA RESOLUCIÓN 1.394

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la resolución 1.441 publicada hoy en el boletín oficial, prorrogó la entrada en vigencia del nuevo régimen de retención de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos-, legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas, la que será aplicable a partir del día 1º de abril de 2.003 inclusive. También se prorrogó la entrada en vigencia del procedimiento especial de reintegro sistemático y parcial de las sumas retenidas. El régimen, que fue instaurado por la resolución 1.394 de la AFIP, dictada en diciembre de 2002, debía comenzar a regir a partir del próximo 1º de marzo, pero fue prorrogado hasta el 1º de abril próximo.

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