01/02/2005

RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.823/2005 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

El Artículo 6º de la Ley Nº 25.994 prevé que las personas físicas que al día 31 de diciembre de 2004, inclusive, hayan tenido la edad requerida para acceder a la Prestación Básica Universal (PBU) dispuesta por la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, podrán regularizar sus obligaciones adeudadas mediante el referido régimen especial de regularización (y con los mayores beneficios respecto de la tasa de interés de consolidación, el importe máximo de intereses sobre el capital adeudado y el número máximo de cuotas del plan de facilidades de pago), a efectos de solicitar y acceder a las prestaciones previsionales a las que tengan derecho, ahora la Administración Federal de Ingresos Públicos por medio de la Resolución General Nº 1.823/2005 a fin de lo establecido por el Artículo 6º de la Ley Nº 25.994, procede a aprobar las disposiciones que regirán la regularización de las obligaciones adeudadas mediante el régimen especial instaurado por la Ley Nº 25.865, en su Título II.

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  • 412-Az-BO-ResGral1823-SegSocial-01-02-05.pdf Descargar