Régimen de Sinceramiento Fiscal - Resolución General N° 4.226/2018
Síntesis: La Administración Federal de Ingresos Públicos dispone que las personas humanas residentes en el exterior y las personas jurídicas, agrupaciones no societarias y/o cualquier otro ente colectivo del país o del exterior, que sean otorgantes, constituyentes, transmitentes o titulares de los actos, bienes o derechos sobre bienes sujetos a registración situados en el país, cuando no posean clave de identificación asignada por la Administración Federal de Ingresos Públicos y con relación a los bienes que han sido declarados conforme el sistema voluntario de blanqueo de bienes previsto en el Título I del Libro II de la Ley N° 27.260, podrán solicitar la “Clave de Identificación Especial” a través de los escribanos públicos que intervengan en la formalización de las escrituras públicas y demás actos de contenido patrimonial, mediante el procedimiento que se establece en la presente. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Ley N° 27.260.
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Régimen de Sinceramiento Fiscal - Anexo - Resolución General N° 4.226/2018
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