Programa de Incremento Exportador | Resolución General N° 5.277/2022
Síntesis:
En el marco del Programa de Incremento Exportador, se establece un plazo especial de validez de noventa días para las solicitudes de exportación de los productos incluidos en el Anexo I del Decreto N° 576/2022, que no se encuentren alcanzados por la Ley Nº 21.453 y sus modificaciones.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Decreto N° 576/2022.
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