OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y PREVISIONALES
EXTIENDEN PRORROGA PARA VENCIMIENTOS DE SANTA FE Y ENTRE RÍOS
RES. GRAL. N° 1.511
?AFIP -
La AFIP dictó la Resolución General 1.511, derogando la RG 1.499 y su modificatoria la RG 1.500, disponiendo nuevos vencimientos para la obligaciones de presentación de declaraciones juradas y, en su caso pago, a cargo de los contribuyentes y responsables que desarrollen su principal actividad en jurisdicciones afectadas por inundaciones de Santa Fe y Entre Ríos. Los mismos corresponden a impuestos y recursos de la seguridad social, con vencimientos fijados entre el 21/4/03 y el 30/6/03, ambas fechas inclusive, los que serán consideras cumplidos en término, siempre que se efectúen hasta el 4 de julio de 2003. A tal fin se señalan en planilla anexa los Distritos y Departamentos provinciales que abarca esta postergación. Como excepción a lo anteriormente señalado se dispuso el aplazamiento del ingreso de las obligaciones derivadas de los impuestos a las Ganancias, a la Ganancia Mínima Presunta y sobre los Bienes Personales y al Fondo para Educación y Promoción Cooperativa, cuyos vencimientos operen entre el 21/4/03 y el 28/11/03, ambas fecha inclusive, hasta el 5/12/03, pero se mantienen los vencimientos previstos para la presentación de las declaraciones juradas. También se mantienen los beneficios de la Ley 22.913 para los sujetos que desarrollen actividades agropecuarias.