OBLIGACIONES FISCALES
RÉGIMEN OPTATIVO DE CANCELACIÓN ANTICIPADA DE OBLIGACIONES FISCALES
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.868/05
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
Por medio de la Resolución General Nº 1.793 y sus modificatorias se establecieron los requisitos, formas, plazos y demás condiciones para el acogimiento, la aprobación y la forma de ingreso de la cancelación anticipada de las obligaciones fiscales diferidas. Ahora a través de la Resolución general Nº 1.868/05 se extiende el plazo para que se expida el juez administrativo interviniente, a los efectos de la aceptación o rechazo del acogimiento al régimen optativo de cancelación anticipada de obligaciones fiscales diferidas, así como la fecha para su ingreso la cual se extiende hasta el hasta el día 20 de mayo de 2005.