MONOTRIBUTO
SUSPENSION DE LA RECATEGORIZACIÓN OBLIGATORIA
RESOLUCIÓN GENERAL N° 1.731
- AFIP -
la AFIP decidió que, por única vez, la recategorización obligatoria por cuatrimestre calendario en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder, con vencimiento fijado hasta el 7/9/04 inclusive, tendrá el carácter de optativa. Ayer esta medida fue anunciada por el titular de la AFIP argumentando que se tomó con el fin de disminuir la carga administrativa del monotributista y ahora, acaba de oficializarse la decisión a través de la RG 1.731. De esta manera aquellos que opten por no efectuarla, deberán continuar ingresando el importe mensual - impuesto integrado y/o cotizaciones fijas - que corresponda a la categoría en la que se empadronaron en julio último. Sin embargo, la resolución advierte que lo en ella dispuesto ?no altera la aplicación de las causales de exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo)?