Micro y Pequeñas Empresas - Resolución General Nº 4.603/2019
Síntesis:
Se dispone que los contribuyentes que registren la condición de Micro o Pequeñas Empresas, inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”, creado por la Resolución N° 220/2019, podrán afectar el saldo a favor de libre disponibilidad del Impuesto al Valor Agregado registrado en el sistema de “Cuentas Tributarias” a la cancelación de las contribuciones de la seguridad social, código de impuesto 351.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Resolución Nº 220/2019.
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