El Poder Legislativo, por medio de la Ley 25.826, modificó el art. 22 de la Ley 24.769, Ley Penal Tributaria, a fin de disponer la competencia de los distintos tribunales para su aplicación. Así en adelante, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será competente en la aplicación de dicha Ley la Justicia Nacional en lo Penal Tributario a partir de su efectiva puesta en marcha, manteniéndose la competencia del Fuero en lo Penal Económico en las causas que se encuentren en trámite a dicho momento. En el resto del país será competente la Justicia Federal como hasta ahora.