LEY N° 25.720 - PROCEDIMIENTO FISCAL. APELACIÓN POR EL FISCO. DEBER DE APELAR LAS SENTENCIAS DESFAVORABLES
Se modifica la ley de procedimientos fiscales en lo atinente a la apelación por el Fisco de las sentencias -art. 193-. Al respecto, se establece en el artículo 193: La Dirección General Impositiva y la Dirección General de Aduanas deberán apelar las sentencias desfavorables, en tanto afecten al Fisco, e inmediatamente elevarán un informe fundado a la Subsecretaría de Política Tributaria -dependiente de la Secretaría de Hacienda - o el organismo que la reemplace, quien podrá decidir el desistimiento de la apelación interpuesta.