IVA. DEVOLUCION DE TRES PUNTOS A LAS COMPRAS CON
TARJETAS DE CREDITO.
RES. N° 207 / 2.003.- MINIST. DE ECONOMIA
El Ministerio de Economía, al igual que en su momento se hizo con las tarjetas de débito, implementó a través de la Resolución 207/03, un régimen que retribuye a las adquisiciones con tarjetas de crédito con 3 puntos de la alícuota general del IVA. El beneficio se instrumentará sobre compras de hasta $ 1.000 y surgirá de aplicar sobre las mismas el 1,27% si se trata de compras de combustibles líquidos y gas natural y el 2.48% para el resto de las operaciones. Las entidades emisoras de tarjetas tomarán como crédito los importes restituidos a los compradores y los podrán computar en el siguiente orden de prelación: primero contra IVA, luego contra Ganancias y sus anticipos y finalmente contra Ganancia Mínima Presunta y sus anticipos. No obstante de resultar un remanente no utilizado el mismo podrá computarse contra los importes resultantes de la actuación como agentes de retención en IVA y/o Ganancias que le pueda corresponder a la entidad emisora. La devolución al comprador o usuario de tarjeta se acreditará mensualmente en el respectivo resumen. La AFIP debe reglamentar los requisitos, plazos y formalidades a cumplir. La Resolución entra en vigencia a partir del día de la fecha con efectos a partir del 1/4/03.
Res. 207/03 ?