IVA
DESDE FEBRERO RIGE LA REBAJA DE ALÍCUOTA
PARA VENTA DE ESPACIOS PUBLICITARIOS
LEY N° 25.866
Mediante la Ley 25.866 se modifica el primer párrafo del inc g) del cuarto párrafo del art. 28 de la Ley de IVA, ampliando el universo de empresas editoras de diarios, revistas y publicaciones periódicas que encuadrarán en la alícuota diferencial del 10,5 % para la venta de espacios publicitarios. Gozarán de dicha reducción las empresas que queden comprendidas en el art. 1º de la Ley 25.300 de Fomento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, de manera que aquellas que no superen, en el año inmediato anterior, la suma de $ 43.200.000 de ingresos anuales, quedan habilitadas a aplicar la tasa reducida por tales ventas. Cabe recordar que dicho monto se situaba en los $ 5.000.000, pues el texto legal remitía al inc. b) del art. 83 de la ley 24.467. La rebaja comprende a todos los intervinientes en el proceso comercial. La norma entra en vigencia a partir del 1/2/04.