06/03/2003

IMPUESTOS A LAS GANANCIAS. SOCIEDADES CON CIERRE 31-10 Y ANTERIORES. PRORROGAN CANCELACIÓN RES. GRAL N° 1.455 ? AFIP -

la AFIP dictó la Resolución General 1.455 contemplando, en el impuesto a las ganancias, la situación de las sociedades con cierre de ejercicio comercial 31/10/02. Al igual que en anteriores oportunidades (RG 1.379, 12.386, 1.414 y 1.437) se desdobla la cancelación del impuesto a ingresar en 80% al momento de efectivizarse el respectivo vencimiento en el corriente mes y se difiere el 20% restante hasta el 15/4/03. Se recuerda que los vencimientos citados comienzan a operar en el día de la fecha. Por otra parte esta RG también dispone la postergación del vencimiento para abonar el remanente diferido del 20%, regulado en las RG 1.414 y 1.437 para los vencimientos operados para los cierres junio a setiembre/02, que operaba el 15/3/03 hasta el 15/4/04. R.G. 1.455 -

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