23/04/2004

IMPUESTOS A LAS GANANCIAS PRECIO DE TRANSFERENCIA. MODIFICAN PRESENTACIÓN F. 743 RES. GENERAL N° 1.670 / 2.004 ?AFIP ?

Mediante la RG 1.670, receptando pedidos de Cámaras y entidades profesionales, la AFIP dispuso que la presentación de la declaración jurada informativa F. 743 así como el informe y copia de los estados contables a que se refiere la RG 1.122, en adelante deberá presentarse los días 3 a 7, según terminación de la CUIT, del octavo mes inmediato posterior al cierre del ejercicio comercial. Se deja constancia que la obligación de presentar las respectivas declaraciones juradas del impuesto a la ganancias en sus vencimientos generales debe contener la incidencia del régimen de precios de transferencia en la base imponible.

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  • 371-Az-BO-ResGral1670-ImpuestoalasGanancias-23-04-04.pdf Descargar