Impuesto al Valor Agregado | Resolución General N° 5.710/2025
Síntesis:
Se modifica la Resolución General N° 2.126, ajustando el tope de operaciones para aplicar la percepción del tributo. Recordamos que a través de la norma señalada se dispuso un régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado aplicable a los sujetos que no acrediten su calidad de responsables inscriptos, exentos o no alcanzados con relación a dicho gravamen, o su condición de pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Resolución General N° 2.126.
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