IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
GRANOS NO DESTINADOS A LA SIEMBRA
RÉGIMEN DE RETENCIÓN
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.762/2004
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
La Administración Federal de Ingresos Públicos procede a modificar la Resolución General Nº 1.394, sus modificatorias y complementaria, sustituyendo el Artículo Nº 46, por el siguiente: ?Art. 46 - Este organismo efectuará conciliaciones semestrales que abarcarán los períodos comprendidos entre los días 1 de octubre del año calendario y 31 de marzo del año calendario inmediato siguiente, ambos inclusive, y entre los días 1 de abril y 30 de setiembre del mismo año calendario, ambos inclusive. Transcurridos DOCE (12) meses a partir de la fecha de la operación, sin que se hayan reunido los requisitos y condiciones establecidos en el Título III de esta resolución general, dicha operación quedará de pleno derecho excluida del régimen de reintegro sistemático?.