IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
DISMINUCIÓN DE LA ALÍCUOTA PARA EL GANADO DE ANIMALES OVINOS, BOVINOS, CAMÉLIDOS Y CAPRINOS
LEY Nº 25.951
Se modifican los puntos 1) y 2) del inciso a) del Artículo Nº 28 de la Ley de IVA (Título IV, relativo a las alícuotas del impuesto), estableciéndose una disminución de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado para el ganado ovinos, bovinos, camélidos y caprinos. Quedando gravados con una alícuota del 10,5% del gravamen.