Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales - Resolución General Nº 4.815/2020
Síntesis:
Se establece un régimen de percepción que se aplicará sobre las operaciones alcanzadas por el denominado “Impuesto País”, de conformidad con el Artículo 35 de la Ley N° 27.541 y sus modificatorias.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Ley Nº 27.541.
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