14/05/2021

Impuesto a las Ganancias - Resolución General Nº 4.988/2021

Síntesis:
Se dispone que los contribuyentes y/o responsables comprendidos en las disposiciones de la Resolución General N° 4.626 y sus complementarias, cuyos cierres de ejercicio operaron en el mes de Diciembre de 2020, podrán efectuar la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias y el pago del saldo resultante, correspondientes al período fiscal 2020, hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria  del contribuyente, se indican en la presente Resolución General.
 
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
 
Normas Relacionadas:
Resolución General Nº 4.626 y sus complementarias.
 

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