Impuesto a las Ganancias - Resolución General Nº 4.885/2020
Síntesis:
La Administración Federal de Ingresos Públicos incorpora como deducción a computar por los trabajadores en relación de dependencia y otras rentas, el importe percibido por la compra de moneda extranjera para atesoramiento o compras con tarjetas de crédito y/o débito en igual moneda. El sujeto pasible de la percepción del régimen de la Resolución General Nº 4.815 podrá acceder a través del sitio “web” institucional con la respectiva “Clave Fiscal”, al servicio denominado “Mis Retenciones”, para consultar la información relativa a las percepciones que le fueron practicadas conforme al régimen de que se trata, obrante en los registros del Organismo.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Resolución Generales Nº 4.003 y Nº 4.815.
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