Impuesto a las Ganancias: Resolución General Nº 1.518 (AFIP)
Régimen de Anticipos ? R. G. Nº 327
GANANCIAS. PERSONAS FÍSICAS. INCREMENTO DE LAS DEDUCCIONES COMPUTABLES EN EL PERÍODO 2003. RECÁLCULO DE ANTICIPOS
La Administración Federal de Ingresos Públicos dispone -como consecuencia del incremento de los importes de las deducciones correspondientes a cargas de familia y deducción especial- el procedimiento que deberán efectuar las personas físicas y las sucesiones indivisas, para determinar la base de cálculo para la liquidación de los anticipos del impuesto a las ganancias imputables al período fiscal 2003.