Impuesto a las Ganancias - Resolución General N° 4.227/2018
Síntesis: Se dispone la forma de efectuar la retención del Impuesto a las Ganancias, con carácter de pago único y definitivo, y su correspondiente ingreso, para las inversiones sobre renta financiera de los beneficiarios del exterior. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Ley N° 27.430.
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