IMPUESTO A LAS GANANCIAS
PORCENTAJE MÁXIMO DE RETENCIÓN EFECTUADAS POR
EL EMPLEADOR SOBRE LA REMUNERACIÓN DEL DEPENDIENTE
RESOLUCIÓN Nº 436/2004
-Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social-
Por la presente Resolución se establece que el límite porcentual máximo establecido por el primer párrafo del Artículo Nº 133 de la Ley Nº 20.744 (20%) podrá ser excedido al sólo efecto de hacer posible la retención dispuesta por el Régimen de Retención del Impuesto a las Ganancias sobre las rentas de los trabajadores en relación de dependencia aprobado por resolución General A.F.l.P. 1.261/02 o la que en el futuro la reemplace, sin otro límite que el que la legislación en vigencia al momento de practicarse la retención establezca como tasa máxima aplicable para las personas de existencia visible y sucesiones indivisas. En el mismo sentido se deroga la Resolución Nº 930/93 por medio de la cual se permitió elevar al 30% el tope del Artículo Nº 133 de la Ley de Contrato de Trabajo a fin de hacer efectiva las retenciones procedentes por el Impuesto a las Ganancias.