Fideicomisos Financieros y No Financieros - Resolución General Nº 4.879/2020
Síntesis: Se dispone que los fideicomisos financieros y no financieros constituidos en el país y en el exterior deberán identificar al beneficiario final y proporcionar los datos solicitados por la Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante el servicio “AFIP-DGI Fideicomiso-Beneficiarios Finales”. Además, se fijan plazos especiales para cumplir con la presentación y/o suministro de determinada información ante dicho organismo. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Resolución General Nº 3.312.
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Fideicomisos Financieros y No Financieros - Resolución General Nº 4.879/2020
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Fideicomisos Financieros y No Financieros - Anexo - Resolución General Nº 4.879/2020
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