FACTURACIÓN Y REGISTRACION. PRORROGAN NUEVO RÉGIMEN PARA ENTIDADES FINANCIERAS
RES. N° 1.477 / 2.003.- AFIP -
1/4/2003 - FACTURACIÓN Y REGISTRACION. PRORROGAN NUEVO RÉGIMEN PARA ENTIDADES FINANCIERAS
Atento inconvenientes operativos planteados por entidades bancarias, la AFIP dispuso, por RG 1.477, postergar hasta el 1/6/03 la entrada en vigencia de las disposiciones RG 1.415 para las operaciones citadas en el segundo párrafo, inciso d, apartado A del Anexo I de la RG indicada. El mismo comprende textualmente "No se encuentran comprendidas en la excepción, las operaciones realizadas por las entidades sujetas al régimen de la Ley N° 21.526 y sus modificaciones, que se indican seguidamente: 1. Venta de bienes muebles:1.1. De uso, rezagos y otros del mismo tipo, desafectados de la actividad.1.2. Recibidos en defensa del crédito.2. Locaciones de cosas muebles: 2.1. Locaciones de cajas de seguridad. 3. Locaciones de inmuebles.4. Servicios a terceros:4.1. Procesamiento de datos con personal propio.4.2. Suministro de tiempo de computador.4.3. Otros servicios administrativos y/o contables a terceros."