16/05/2003

COMBUSTIBLES LÍQUIDOS DETECCIÓN DE CORTES CON DESTINO EXENTO MODIFICAN OBLIGACIÓN DE ESTACIONES DE SERVICIO RES. GRAL N° 1.502 ? AFIP -

La Resolución General 1.359 dispuso el procedimiento a observar por parte de los sujetos del Impuesto sobre los Comestibles Líquidos y Gas Natural para diferenciar los cortes de hidrocarburos de acuerdo al destino que se les hubiese otorgado, utilizando para ello marcadores químicos homologados. Entre los sujetos obligados quedan incluidos los titulares de estaciones de servicio y bocas de expendio, distribuidores, fraccionadores y revendedores. Ante las dificultades que les acarrea a estos responsables el procedimiento citado y a la existencia de medidas cautelares a su favor para la no aplicación del mismo, ahora la AFIP dispuso por Resolución General 1.502, exceptuarlos de realizar el ensayo de detección del marcador amino alquil naftaleno a las compras y/o recepciones de gasoil.

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  • 322-Az-BO-res1502-AFIPImpuestos-16-05-03.pdf Descargar