Certificado de Origen Digital - Resolución General N° 4.267/2018
Síntesis: Se dispone que los exportadores de mercadería con destino a la República de Chile y los importadores que ingresen mercadería originaria de ese país en el marco del Acuerdo de Complementación Económica N° 35, podrán tramitar el Certificado de Origen Digital conforme las pautas establecidas en la presente Resolución General. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Ley N° 25.506, Acuerdo de Complementación Económica N° 35.
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