10/08/2004

BIENES DE CAPITAL RECUPERO DE IVA MODIFICAN PROCEDIMIENTO PARA SU SOLICITUD RESOLUCIÓN GENERAL N° 1.722 - AFIP ?

La ex Secretaría de Industria, por Resolución 72/01, instrumentó la aplicación del inc. e) del cuarto párrafo del art. 28 de la ley de IVA, relacionado con el recupero del saldo técnico del gravamen emergente de ventas de bienes de capital, informática y telecomunicaciones que respondan a las partidas establecidas por la citada Secretaría detalladas en Anexo de dicho artículo. Recientemente la Secretaría de Industria dictó la Resolución 188/04, modificando la norma antes señalada para permitir la actualización mensual de la información exigida por la misma, así como la adecuación de otros requisitos que permiten agilizar el trámite indicado. Por su parte la AFIP había dictado la RG 1.168 estableciendo el procedimiento a observar a los fines del recupero. Recogiendo ahora la modificación citada y la experiencia de la aplicación del régimen, por medio de la Resolución General 1.722 modificó a su antecedente tales fines.

Descargar documentos

  • 387-Az-BO-ResGral1722-ImpValorAgregado-10-08-04.pdf Descargar