Asignación de CUIL – CUIT y Otros - Resolución General Conjunta Nº 5.007/2021
Síntesis:
Se establece que el prefijo utilizado para la asignación de los números del Código Único de Identificación Laboral, Clave Única de Identificación Tributaria, Clave de Identificación, Clave de Inversores del Exterior y Clave de Identificación Especial, de las personas humanas, sea 20, 23, 24 o 27 o los que en el futuro se determinen, por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social y de la Administración Federal de Ingresos Públicos, respectivamente, se asignará de forma aleatoria siendo el mismo de carácter genérico y no binario en términos de sexo/género.