07/03/2005
COMERCIALIZACIÓN DE GRANOS
OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN DIARIA DE
CARTAS DE PORTE RECIBIDAS
DISPOSICIÓN N° 994 / 2.0005
? O.N.C.C.A. -
Obligación de informar las cartas de portes recibidas, únicamente, para los operadores del comercio de granos con capacidad de almacenaje igual o mayor a 40.000 Tns.
El sistema de información será a través de un programa que cumpla con el diseño establecido en el anexo I de la Disposición mencio