09/01/2004
ZONAS DE DESASTRE.
AMPLIAN ALCANCES A SANTA FE Y ENTRE RÍOS
DECRETO N° 26/ 2.004
Sujetos que desarrollen su principal actividad industrial, comercial, agropecuaria, pesquera, forestal y/o de servicios, en las zonas declaradas de desastre en las provincias antes citadas, por la Ley N° 25.735.