30/05/2002

Prórroga para los agentes de información de Sociedades sobre las participaciones societarias.- Res. Gral. -AFIP - N° 1.286.-

Vencimiento de cumplimiento como agente de información de las sociedades comerciales hasta el 12/06/2002.

23/05/2002

RG 991 - REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRA-VENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES: NUEVA PUBLICACIÓN (B. O. Nº 29904-23/05/02)

Tener en cuenta al momento de realizar operaciones para la aplicación del IVA y sus retenciones.

23/05/2002

Impuestos a las Ganancias: Régimen de retención a las rentas del trabajo personal bajo relación de dependencia. - RG-AFIP- N° 1285

Retención del Impuesto a las ganancias para las remuneraciones del personal de las firmas acopiadoras.

23/05/2002

La AFIP instrumentó la exclusión de los CBU publicados de Bancos suspendidos parcial o totalmente por el BCRA - Res. Gral. - AFIP - N° 1.284

Aplicable a todos los operadores de la cadena comercial en la compra - venta de granos afectados con Bancos suspendidos por el BCRA, con las consideraciones más arriba expuestas.

22/05/2002

Exportadores: Control de Negociación de Divisas. - Res. Gral.- A.F.I.P - N° 1.281

Se aplica al sector exportador

20/05/2002

Régimen optativo de presentación de las D.D.J.J y pagos electrónicos a la A.F.I.P. por medio de Internet. ? Res. Gral.- A.F.I.P - N° 1.283 -

Importante adelanto para lograr eficiencia en los tiempo de la empresa , evitando demoras ante la AFIP y los bancos para el cumplimiento formal y material de las obligaciones tributarias.

15/05/2002

LEY N° 25.585 - MODIFICASE LA LEY DE IMPUESTOS SOBRE BIENES PERSONALES -VALUACION DE ACCIONES DE LAS SOCIEDADES COMERCIALES.

Se grava a las acciones y participaciones en el capital de cualquier tipo de sociedades regidas por la ley 19.550 que surja del último balance cerrado al 31 de Diciembre del ejercicio que se liquida.

14/05/2002

AFIP - R.G N° 991 - REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRA VENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS- Publicación en el Boletín Oficial del 14/05/2002.-

Muy importante - Para los vendedores de granos en su condición de responsables inscripto en I.V.A le corresponden las siguientes alícuota de retención : Incluidos 12 % o excluidos el 21 % .-