26/01/2005
MONOTRIBUTO
IMPLEMENTAN RÉGIMEN RETENTIVO
PARA ASOCIADOS A COOPERATIVAS
RESOLUCIÓN GENERAL N° 1.819
- AFIP -
Actuaran como agentes de retención las cooperativas de trabajo respecto al retorno que otorguen a sus asociados o sus adelantos y retendrán el equivalente al capital adeudado en concepto de cotizaciones fijas.