20/12/2024

Transporte de carga. El Gobierno Nacional eliminó el Registro Único para toda la actividad

El Gobierno Nacional eliminó el denominado Registro Único del Transporte Automotor (RUTA) para toda la actividad, y de esta manera la desregulación del rubro será completo. AGROVERDAD - 19/12/2024

La medida, dada a conocer a través del Decreto 1109/24 publicado en el Boletín Oficial, exime a partir de ahora a los actores del transporte de cargas de este trámite, que se había creado con la finalidad de hacerle frente a diversas situaciones de irregularidad.

En el mes de septiembre, la gestión de Javier Milei ya se había anticipado a esta eliminación con la decisión de volver gratuito dicho trámite. Además, en ese momento también se había establecido que la inscripción al RUTA era obligatoria para transportistas con cargas superiores a 3.500 kilos, cuando originalmente era a partir de los 700 kilos.

En los considerandos de la medida, desde el Gobierno se argumenta que el RUTA “solo impone cargas burocráticas que entorpecen la libre iniciativa y obstaculizan el ejercicio pleno de la actividad económica, que es el verdadero motor del desarrollo y la prosperidad de la Nación, exigiendo documentación que ya posee el Estado o duplicando las facultades de fiscalización que ya tienen otros organismos”.

En esa línea, el decreto indica que “la seguridad del transporte se garantiza por el buen estado del vehículo y por contar con la licencia de conducir y con los seguros exigidos ante el eventual caso de un siniestro”.

“Se desprende que la inscripción en el Registro opera como una carga administrativa que genera un dispendio irracional de recursos públicos, duplicando estructuras burocráticas destinadas al análisis de documentación y a la gestión de inscripciones en un registro que carece de utilidad práctica”, deja también manifiesto el decreto.

Sanciones a infractores

En el detalle de la medida, también se establece que “quienes efectúen transportes de carga por carretera sin cumplir con los requisitos exigidos por la presente ley y su reglamentación serán pasibles de multas que se graduarán en Unidades de Sanción Económica, cada una de las cuales equivale al precio de CIEN (100) litros de gasoil. Se convierten a su equivalente en moneda corriente al momento de efectuarse el pago”.