27/12/2018

Para qué operaciones bancarias será exigido el Certificado de cumplimiento del Censo Agropecuario

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) informó que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió una nueva comunicación en la que reitera que el certificado de cumplimiento censal correspondiente al Censo Nacional Agropecuario 2018 será requerido para la realización de operaciones bancarias a partir de los 90 días corridos desde la finalización de las actividades del operativo y por el término de un año calendario. AGROVERDAD

O sea, la exigencia comenzará a aplicarse desde abril de 2019, según se desprende de la Comunicación “B” 11765 del BCRA. 

Será exigido como requisito previo a la realización de las siguientes operaciones:
  •  Apertura de cuentas de depósitos y de cualquier otra que implique captación de fondos.
  •  Otorgamiento de créditos y sus respectivas renovaciones.
  •  Apertura de créditos documentarios.
  •  Apertura de cuentas para valores en custodia.
  •  Otorgamiento de fianzas y préstamos de valores.
  •  Alquiler de cajas de seguridad.