11/07/2017

Nuevos modelos de Cartas de Porte para granos: respuestas a consultas frecuentes

El Centro de Corredores de la Bolsa de Cereales de Buenos Aires divulgó una serie de respuestas a algunas preguntas frecuentes sobre los nuevos modelos de Carta de Porte, publicadas por AFIP. AGROVERDAD

Las que seleccionó esa entidad se enumeran a continuación. Pero otras muchas se encontrarán HACIENDO CLIC AQUÍ: http://www.afip.gov.ar/genericos/guiavirtual/directorio_subcategoria_nivel3.aspx?id_nivel1=562id_nivel2=1103&id_nivel3=1105
-Los contribuyentes que tengan Cartas de Porte impresas con el modelo anterior, ¿podrán utilizarlas o deberán reimprimirlas en el nuevo formato?
*Los formularios de Cartas de Porte impresos con la versión anterior mantendrán la validez hasta su respectiva fecha de vencimiento. Fuente: CIT AFIP
-¿Cómo se completan los campos “Corredor comprador” y “Corredor vendedor” en el caso en que el traslado incluya simultáneamente una operación primaria y secundaria, e intervenga un mismo corredor para ambas operaciones?
*Cuando el traslado incluya simultáneamente una operación primaria y una secundaria e intervenga un corredor en ambas operaciones, deberá indicarse los datos de dicho corredor en los campos “Corredor comprador” y “Corredor vendedor”. Fuente: CIT AFIP
-¿Cómo se completan los campos “Corredor Comprador” y “Corredor Vendedor” en el caso en que el traslado incluya simultáneamente una operación primaria y secundaria e intervenga un corredor distinto por cada operación?
*Cuando el traslado incluya simultáneamente una operación primaria y una secundaria e intervenga un corredor para cada tipo de operación, deberá indicarse los datos del corredor de la operación primaria en el campo “Corredor vendedor” y los datos del corredor de la operación secundaria en el campo “Corredor comprador” Fuente: CIT AFIP
-¿Cómo se completan los campos “Corredor comprador” y “Corredor vendedor” en el caso en que el traslado incluya simultáneamente una operación primaria y secundaria e intervenga un corredor sólo en una de las operaciones?
*Cuando el traslado incluya simultáneamente una operación primaria (LPG) y una secundaria (LSG) e intervenga un corredor en una de ellas, deberá indicarse de la siguiente manera: a) Campo “Corredor vendedor”: en el caso en que el corredor intervenga en la operación primaria. b) Campo “Corredor comprador”: en el caso en que el corredor intervenga en la operación secundaria Fuente: CIT AFIP
-¿Cómo se completan los campos “Corredor Comprador” y “Corredor Vendedor” en el caso en que el traslado ampare una operación primaria o una operación secundaria e intervenga un sólo corredor?
-Si el traslado ampara una operación primaria o una operación secundaria e interviene un sólo corredor, deberá repetirse los datos del corredor en los campos “Corredor comprador” y “Corredor vendedor” ya que interviene como tal para ambas partes. Fuente: CIT AFIP
-¿Cuándo se deberá completar el campo “RENSPA” en el formulario de Carta de Porte? ´
*El campo RENSPA se deberá completar en caso de que se trate de una operación primaria, es decir intervenga un productor de granos como vendedor. Fuente: CIT AFIP
-¿El campo “RENSPA” vendrá preimpreso en el formulario de Carta de Porte?
*El campo RENSPA no vendrá pre impreso en la Carta de Porte, debiendo completarse el mismo en caso de corresponder. Fuente: CIT AFIP
-¿Cómo se completan los campos “Corredor Comprador” y “Corredor Vendedor” en el caso en que la CP ampare el traslado de granos de una operación efectuada en el Mercado a Término?
*Cuando el traslado corresponda a una operación derivada de una oferta de entrega concertada en algún mercado a término, deberá indicarse de la siguiente manera: a) Campo “Corredor vendedor”: corredor agente de bolsa que intervenga en representación del vendedor en la oferta de entrega. b) Campo “Corredor comprador”: corredor agente de bolsa que intervenga en representación del comprador en la oferta de entrega. Fuente: CIT AFIP
-¿En qué casos corresponde completar el campo “Intermediario del Flete”?
*El campo “Intermediario del Flete” se deberá completar cuando intervenga un intermediario de la empresa transportista