02/07/2020

Ahora un juez de San Luis convalida el cierre de rutas en el límite con Córdoba

Ordena mantener las actuales medidas y restricciones, para garantizar el derecho a la salud. El juez cordobés Ochoa, pidió lo opuesto: reabrir caminos a quienes tienen el Certificado de Circulación Habilitante. AGROVOZ

Denise Audrito

El mismo día en que el juez federal de Río Cuarto hizo lugar a un recurso en contra de las trabas a la circulación impuestas por San Luis, un juez federal de la vecina provincia ordenó mantener las actuales medidas de prevención sanitaria en rutas.

Juan Esteban Maqueda, magistrado federal puntano, hizo lugar a una acción declarativa de certeza interpuesta por el gobierno de San Luis para "que se respeten todas las medidas sanitarias y los protocolos de ingreso, egreso y circulación en la provincia”.  

Mientras que el juez cordobés Carlos Ochoa, ordenó abrir los caminos para quienes posean el Certificado Unico Habilitante de Circulación para Covid-19, su par de San Luis sostiene que “las medidas implementadas en la provincia de San Luis de manera temprana han sido fundamentales para contener los brotes, logrando un estatus epidemiológico sin transmisión comunitaria”.

Según informó el sitio Infomerlo, Maqueda destaca que, “teniendo en cuenta la dinámica de la transmisión del virus, las medidas sanitarias implementadas por el gobierno de San Luis resultan temporarias” y “son contestes y proporcionadas con relación a la amenaza y al riesgo sanitario que enfrenta cada jurisdicción, pudiendo ser dejadas sin efecto, si se detectare una situación de riesgo epidemiológico o sanitario”.

El magistrado pone de relieve que “el Estado provincial tiene el deber de establecer su accionar frente a la pandemia de COVID-19 teniendo en cuenta dos conceptos fundamentales: por un lado, que el derecho a la vida constituye un primer derecho natural de la persona, preexistente a toda legislación positiva; a lo que deben sumarse los deberes del Estado provincial: combatir las pandemias y garantizar el derecho a la salud en los términos del artículo 57 de la Constitución Provincial”.

¿A la Corte?

Debido a las decisiones contrapuestas de los dos magistrados, podría generarse un conflicto de competencia, con lo que el tema de los controles provinciales por la Pandemia de Covid-19, podría llegar a la Corte Suprema.

La presentación de Río Cuarto fue realizada por la Sociedad Rural de Río Cuarto, la Sociedad Rural de Vicuña Mackenna, el Consorcio Caminero de Achiras y la Asociación de Transportista de la misma localidad. Por ruta 30, sólo nueve kilómetros separan a la localidad cordobesa de Achiras con La Punilla. Los vecinos de ambas poblaciones aseguran verse perjudicados por no poder transitar cruzar el límite inteprovincial, pese a contar con los certificados respectivos. 

La principal queja es de productores de Río Cuarto y el sur que deben atender explotaciones ganaderas en la vecina provincia. Con el patrocinio de Antonio María Hernández y Javier Quiroga, interpretan que se da un avasallamiento de derechos constitucionales. Vecinos de la región citan que en el norte provincial dos personas murieron por la imposibilidad de transitar libremente de una provincia a otra. 

Ochoa hizo lugar a una medida cautelar innovativa presentada y ordenó al gobernador Alberto Rodríguez Saá “que arbitre los medios pertinentes para proceder a la apertura y circulación de la Ruta Nacional N° 8, Ruta Provincial N° 30 y los respectivos caminos vecinales, que se dan en el límite entre la provincia de Córdoba y San Luis, siempre y cuando las  personas que pretendan transponer dicho límite provincial, posean el Certificado Único Habilitante para circulación Covid-19". 

Para el juez federal de Río Cuarto, las medidas tomadas por el gobierno de San Luis, están “en contradicción con las normas nacionales dictadas en el marco de esta emergencia sanitaria” y “estarían en condiciones de producir un daño concreto a los derechos de los ciudadanos representados por los amparistas, importando un presunto exceso de parte del poder de policía local”.

Especialistas consultados aseguran que podría existir un conflicto de competencia, porque el derecho a la salud no ha sido delegado por las provincias a la Nación y el artículo 57 de la Constitución Provincial de San Luis, el gobierno tiene la obligación de proteger a los pobladores de cualquier enfermedad infecto contagiosa, con todas las medidas posibles.